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Cuando las aguas residuales llegan al mar

Puerto Escondido tiene un problema que vuelve cada vez que algo falla.

Una interrupción eléctrica puede detener el bombeo. Una lluvia intensa puede rebasar la capacidad de los colectores. Una falla en el sistema de saneamiento puede convertir una contingencia en un nuevo episodio de contaminación. Y, al final del recorrido, están las playas.


Desde 2019, habitantes de Puerto Escondido han documentado episodios de contaminación y deficiencias en la infraestructura sanitaria. En estos años se han anunciado reparaciones, obras e inversiones públicas, pero el problema, sostienen, no ha desaparecido. Las aguas residuales siguen teniendo una ruta posible hacia la costa.


En 2026 volvió a ocurrir.


En abril, una interrupción eléctrica afectó el sistema de bombeo. Después llegaron las lluvias y la infraestructura volvió a ser puesta a prueba. En julio, Playa Principal fue clasificada temporalmente como no apta para actividades recreativas de contacto directo luego de que un monitoreo detectara niveles de enterococos por encima del parámetro sanitario. Un muestreo posterior permitió reclasificarla como apta.


Pero para los habitantes que acudieron a los tribunales, que una playa vuelva a ser considerada apta no significa que el problema haya desaparecido.


Lo que cuestionan es precisamente la fragilidad de un sistema que puede volver a fallar ante la siguiente lluvia, una nueva interrupción eléctrica, la saturación de un colector o una deficiencia en el tratamiento.


Por eso decidieron llevar el problema ante un juez.


El Juzgado Sexto de Distrito en Oaxaca, con residencia en Salina Cruz, admitió a trámite el juicio de amparo promovido contra autoridades federales, estatales y municipales por las deficiencias en el saneamiento y las descargas de aguas residuales que afectan las playas y el ecosistema costero de Puerto Escondido.


Las personas quejosas están representadas por el abogado Manuel de Jesús Silva Sumano, con la participación de Litigio Estratégico Indígena A.C. En su demanda señalan omisiones en la operación, mantenimiento y vigilancia de cárcamos, colectores, redes de drenaje y plantas de tratamiento.


El reclamo alcanza a la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales, la Comisión Nacional del Agua, el Gobierno de Oaxaca, la Comisión Estatal del Agua para el Bienestar y los ayuntamientos de San Pedro Mixtepec y Santa María Colotepec.


Más que señalar una descarga concreta, los promoventes describen un problema que consideran estructural: una infraestructura vulnerable y una respuesta que, hasta ahora, ha consistido principalmente en reparar después de que ocurre la contingencia.


En julio, el Gobierno de Oaxaca anunció una inversión de 64 millones de pesos para acciones de agua potable y saneamiento en Puerto Escondido y Santa María Colotepec. Entre las obras previstas se encuentran intervenciones en cárcamos, colectores y las plantas de tratamiento Punta Colorada 1 y 2.


Para los habitantes que promovieron el amparo, esos anuncios tienen un significado particular: muestran que las propias autoridades conocen el deterioro de la infraestructura y la necesidad de intervenir.


La demanda busca que esa intervención no se limite a responder cuando el sistema colapsa.


Los promoventes solicitaron al juzgado medidas para prevenir nuevas descargas mientras se resuelve el juicio, revisar la infraestructura sanitaria, identificar los puntos críticos, mantener el monitoreo de la calidad del agua y establecer mecanismos de respuesta ante fallas de bombeo, lluvias intensas y otras contingencias.


Detrás del expediente judicial hay también una discusión sobre quién puede defender un ecosistema ante los tribunales.


Mariana Yáñez Unda, vicepresidenta de Litigio Estratégico Indígena A.C., explica que el amparo plantea el interés legítimo de quienes habitan Puerto Escondido para defender el ecosistema del que forman parte.


La demanda retoma la doctrina del “entorno adyacente” desarrollada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación: la posibilidad de que una persona acuda al juicio de amparo cuando habita o utiliza el área de influencia de un ecosistema y recibe directamente los servicios ambientales que éste proporciona.


El caso apenas comienza. La admisión de la demanda no significa que el amparo haya sido concedido. Las autoridades deberán rendir sus informes y corresponderá al juzgado determinar si las omisiones reclamadas vulneran los derechos al medio ambiente sano, al agua, al saneamiento y a la salud.


Mientras el expediente avanza, la pregunta permanece frente al mar:


¿Cuántas veces puede repararse una falla antes de reconocer que el problema está en todo el sistema?

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