top of page

Fracasan PROPAEO y Procuraduría Ambiental de Oaxaca de Juárez; nueva reforma legislativa debe evitar repetir el modelo



En Oaxaca, desde el Congreso se impulsa la creación de Procuradurías Ambientales Municipales como un mecanismo para garantizar el derecho a un medio ambiente sano desde el ámbito local. 


La propuesta parte de una premisa válida: los conflictos ecológicos —basura, ruido, descargas contaminantes— se originan en el territorio municipal. Sin embargo, el contexto institucional en el que surge obliga a revisar el desempeño de las instancias ya existentes.


Hoy ya operan dos órganos de procuración ambiental: la Procuraduría de Protección al Ambiente del Estado de Oaxaca y la Procuraduría del Medio Ambiente Municipal de Oaxaca de Juárez. Ambas cuentan con facultades legales para inspeccionar, vigilar y sancionar. Ambas, en los hechos, no han logrado contener el deterioro ambiental. Son elefantes blancos. 


Al ser entrevistado, Carlos Morales, presidente de Litigio Estratégico Indígena, lo resume de forma directa: “Hoy ya existen dos órganos de procuración ambiental (…) ambas evidencian un desempeño que no ha logrado contener el deterioro ambiental. Es decir, han fracasado”.


En el ámbito estatal, la PROPAEO concentra la responsabilidad de atender denuncias ciudadanas, supervisar el cumplimiento de normas y actuar frente a riesgos ecológicos. No obstante, los resultados reflejan una capacidad de respuesta limitada.


La evidencia se observa en el territorio. Los principales sistemas hídricos de Oaxaca presentan contaminación sostenida. Ríos como el Atoyac y el Salado arrastran descargas residuales, residuos sólidos y contaminantes urbanos de manera constante. Esta condición persiste sin una intervención eficaz y sostenida por parte de la autoridad ambiental estatal.


A ello se suma la acumulación de denuncias sin resolución oportuna, inspecciones que llegan tarde o no se concretan y la permanencia de tiraderos clandestinos. La contaminación auditiva en zonas urbanas tampoco cuenta con un control sistemático.


Un elemento adicional es la coordinación institucional. La PROPAEO suele evadir su intervención “peloteando” la responsabilidad a la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente bajo el argumento de competencia federal. Sin embargo, la legislación ambiental establece facultades concurrentes entre ambos niveles. En la práctica, esto deriva en un vacío operativo: los casos se remiten entre instancias sin una intervención efectiva. En la PROFEPA, el escenario es igual de lamentable, los expedientes avanzan con lentitud o permanecen sin resolución.


En el nivel municipal, el panorama es más frágil. La Procuraduría del Medio Ambiente Municipal de Oaxaca de Juárez no sólo enfrenta limitaciones: evidencia un fracaso operativo.


La falta de capacidad técnica, los recursos restringidos y la aplicación irregular de reglamentos han impedido una actuación eficaz. Las inspecciones no se traducen de manera consistente en medidas correctivas. Las sanciones son esporádicas y, en muchos casos, no generan efectos disuasivos. La discrecionalidad influye en la toma de decisiones y reduce el alcance de la norma.


Este desempeño se refleja también en su ausencia frente a casos relevantes. La Procuraduría del Medio Ambiente Municipal de Oaxaca de Juárez no intervino de manera efectiva ante el ecocidio documentado en la zona de Misión de Los Ángeles y permitió el derribo de árboles con menoscabo al medio ambiente. 


El resultado es un sistema que no ha logrado responder a la magnitud del problema. Parte de este desempeño se explica por el perfil de quienes integran estas instancias. Sin embargo, en los dos casos, la falta de especialización técnica y experiencia comprobable en materia ambiental limita su capacidad de actuación.


La procuración ambiental exige conocimiento científico, jurídico y operativo. Requiere personal con trayectoria en campo, criterios técnicos sólidos y autonomía frente a intereses externos. Sin esos elementos, las atribuciones legales pierden eficacia es hora de que el Congreso de Oaxaca legisle exigiendo experiencia probada en sus titulares y se establezcan desde la ley los recursos para las procuradurías ambientas municipales.

Comentarios


  • Facebook
  • Twitter

Litigio Estratégico Indígena A.C.

©2023 por Litigio Estratégico Indígena A.C.. Creado con Wix.com

bottom of page