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Presidente del TSJE y Fiscal de Oaxaca incumplen recomendación



El 22 de julio de 2022, la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca emitió la recomendación 07/2022 en favor de Norma, una persona mujer, madre soltera, quien estuvo procesada penalmente en cinco procesos ante jueces penales del fuero común y finalmente fue absuelta por que los jueces de distrito le concedieron amparos.


La recomendación explica que todo fue una burda simulación para mantenerla presa.

La quejosa, quien estuvo un año y medio presa en los reclusorios de Ixcotel y Etla, tuvo que vender su humilde casa de interés social para sufragar los gastos del encierro, sufrió la dureza de las prisiones del Estado, pena que de manera indirecta sufrió su hijo de un año de nacido, quien permaneció en la cárcel con ella.


Al ser liberada, Norma inició el largo camino de pedir justicia en la búsqueda de limpiar su nombre y reparación: presentó una queja ante la Defensoría de los Derechos Humanos del Pueblo de Oaxaca acompañada de la asociación civil Litigio Estratégico Indígena A.C. Se inició el procedimiento de investigación DDHPO/504/(01)/OAX/2014.


El trámite duró siete años pero finalmente la Defensoría emitió la recomendación a Arturo Peimbert Calvo, Fiscal General del Estado y a Eduardo Pinacho Sánchez, magistrado presidente del Tribunal Superior de Justicia en el Estado de Oaxaca, quienes tienen que disculparse y reparar el daño a Norma.


“Primera. Dentro del plazo de sesenta días hábiles, contando a partir de la aceptación de la recomendación, se realice un acto publico de reconocimiento de responsabilidad del Estado y una disculpa pública a Q y a su familia, con base en los hechos que quedaron acreditados en el presente documento, mismo que deberá ser acordado con ésta y con la defensoría.


Segunda. En un plazo de noventas días hábiies contado a partir de la aceptación de esta recomendación, en términos de la Ley General de Víctimas y la Ley de Víctimas del Estado de Oaxaca, en coordinación con Q, se implementen mecanismos necesarios para que se le repare el daño causado, debiéndose incluir la atención médica y psicológica especializada que requeiran tando ella como su familia para revertir las conseceuncias derivadas del tiempo excesivo que estuvo privada de su libertad.”


La Defensoría de los Derechos Humanos de los Pueblos de Oaxaca otorgó un plazo de 15 días para que el Tribunal y Fiscalía se pronuncien sobre la aceptación de la recomendación y para el caso de no hacerlo, la quejosa promoverá que ambos servidores públicos sean citados ante el Congreso de Oaxaca, en términos del artículo114, inciso a) fracción IV de la Constitución de Oaxaca.


En caso de no cumplir la recomendación, se iniciará el juicio de protección a los derechos humanos ante la Sala Constitucional del Tribunal Superior de Justicia en contra de los servidores públicos omisos. Sin descartar acudir ante el sistema interamericano de Derechos Humanos.

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