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La acción, la controversia y el mecanismo de revisión ex ante de las leyes

Justificación

Estas figuras novedosas en nuestro constitucionalismo local fueron incorporadas a la Constitución de Oaxaca en el sexenio de Gabino Cué, sin embargo, fracasaron. Estaban construidas para que no fueran ejercidas. La facultad de promoverlas fue otorgada a entes del Estado que no tuvieron interés en promoverlas.

Ahora, permitamos a los pueblos y comunidades indígenas promover esos mecanismos.

Nuestra propuesta

Es necesario permitirle el ejercicio a un grupo de ciudadanos, por ejemplo, un mil personas, para que puedan promover la acción de constitucionalidad local y la controversia.


Deberá otorgarse a la ciudadanía la posibilidad de promover el mecanismo de revisión ex ante de las normas siempre que se junten un mil personas.


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