
Justificación
Es hora de constitucionalizar la Sala de Justicia Indígena. Esta sala solo tiene reconocimiento legal. Es necesario, por el perfil de sus integrantes, que deberán ser personas indígenas, encargarse exclusivamente de la justicia indígena y eliminar la sobrecarga de trabajo de los asuntos penales.

Nuestra propuesta
Deberá especificarse, de manera expresa, que la Sala Indígena deberá encargarse de proteger los derechos indígenas y resolver toda controversia que se suscite con motivo del ejercicio de estos derechos.
Tendrá básicamente una doble función:
a) Fungir como el mecanismo de validación o compatibilización de las decisiones de las autoridades tradicionales o comunitarias; y
b) Como una sala ordinaria de instancia en la que se resuelvan los juicios de protección a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas cuando los derechos de las personas indígenas son amenazadas y afectadas por personas no indígenas. En un procedimiento sencillo y desformalizado.
Dentro del segundo inciso, deberá especificarse, de manera muy clara, el juicio de protección al patrimonio cultural inmaterial. Los casos de Isabel Marant y Paola Rojas deberán tener un mecanismo de justiciabilización.
Este juicio permitirá que cualquier persona integrante de la comunidad, ante afectaciones por parte de empresarios de la moda, mezcaleros, restauranteros, entre otros, acuda a demandar, contra esas personas o empresas, la protección del patrimonio cultural inmaterial y el pago de daños y perjuicios.
El mismo mecanismo servirá para resolver los conflictos que se presenten en diversos pueblos respecto del mismo patrimonio cultural. Como mecanismo complementario deberá crearse el Inventario del Patrimonio Cultural Inmaterial.