Litigio Estratégico Indígena exige investigar uso de la imagen de la Guelaguetza en un evento ecuestre
- LEI A.C.

- hace 5 días
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La Guelaguetza, como lo establece con toda claridad el artículo 2 de la Ley de Protección, Acceso y Difusión para la Festividad de la Guelaguetza del Estado de Oaxaca, constituye patrimonio cultural material e inmaterial de los pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas. Su significado rebasa lo festivo: es memoria colectiva, reciprocidad, identidad y vínculo comunitario.
Cuando una expresión con este peso simbólico es utilizada con fines comerciales, descontextualizada de sus raíces comunitarias y sin la participación ni el consentimiento de los pueblos que la han sostenido por generaciones, se cruza una línea sensible. La Guelaguetza deja de ser encuentro para convertirse en marca, y eso lastima su sentido original.
La propia ley es clara al señalar que corresponde al Estado velar por su protección, preservación y difusión, siempre desde el respeto a su carácter comunitario y cultural. Promover actividades relacionadas con la Guelaguetza implica hacerlo sin vaciarla de contenido, sin convertirla en espectáculo ajeno a quienes le dan vida.
Por ello, solicitamos de manera pública la intervención de las autoridades del Estado de Oaxaca para que analicen este caso, determinen si existe una vulneración al marco legal vigente y adopten las medidas necesarias para salvaguardar el patrimonio cultural de los pueblos.
La cultura se comparte, se honra y se cuida. Cuando se usa sin raíces ni responsabilidad, se convierte en apropiación. Y frente a eso, el silencio institucional también pesa.
La Guelaguetza vive en los pueblos. Ahí debe seguir latiendo.



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