La sentencia de la SCJN que sigue sin cumplirse: cinco años sin la Ley General de Consulta Indígena
- LEI A.C.

- hace 3 días
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Oaxaca de Juárez, Oax.— A cinco años de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ordenó al Congreso de la Unión expedir la Ley General de Consulta Indígena, el mandato judicial permanece incumplido.
Mariana Yáñez Unda, vocera de Litigio Estratégico Indígena A.C., denunció que la resolución emitida el 10 de junio de 2021 por la Segunda Sala de la SCJN dentro del amparo en revisión 1144/2019 permanece incumplida, pese a que el máximo tribunal del país reconoció la existencia de una omisión legislativa y ordenó al Congreso de la Unión emitir la Ley General de Consulta Indígena dentro de un plazo determinado.
La sentencia obligó al Congreso de la Unión a expedir una legislación general que garantizara el derecho de los pueblos indígenas y afromexicanos a ser consultados de manera previa, libre, informada, culturalmente adecuada y de buena fe cuando alguna medida legislativa o administrativa pudiera afectarles directamente.
Sin embargo, cinco años después, México sigue sin contar con una Ley General de Consulta Indígena que haga efectivo ese mandato constitucional e internacional.
De acuerdo con Yáñez Unda, el incumplimiento trasciende el ámbito legislativo y constituye un problema de Estado, pues mantiene sin una protección efectiva uno de los derechos colectivos más importantes reconocidos por el artículo 2 de la Constitución y por el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo.
La vocera recordó que la sentencia fue obtenida a partir de un juicio promovido por integrantes de comunidades zapotecas y que representó un precedente histórico en el combate a las omisiones legislativas relacionadas con los derechos de los pueblos indígenas.
La resolución de la Suprema Corte reconoció que la ausencia de una ley general en la materia impedía contar con mecanismos claros para garantizar la participación efectiva de los pueblos indígenas y afromexicanos en las decisiones públicas susceptibles de afectar sus derechos, territorios, recursos naturales, patrimonio cultural y formas de organización comunitaria.
A juicio de Mariana Yáñez Unda, resulta particularmente preocupante que una sentencia emitida por el máximo tribunal constitucional del país permanezca incumplida cinco años después de haber sido dictada. Señaló que el incumplimiento no sólo afecta la vigencia del derecho a la consulta previa, libre e informada, sino que también pone a prueba la eficacia de las resoluciones judiciales cuando las autoridades obligadas son órganos del propio Estado.
“La consulta previa no constituye una concesión gubernamental ni un mecanismo discrecional. Se trata de un derecho fundamental reconocido por la Constitución mexicana, el Convenio 169 de la OIT y diversos instrumentos internacionales de derechos humanos que obligan al Estado a garantizar la participación de los pueblos indígenas y afromexicanos en las decisiones que impactan directamente sus condiciones de vida”, expresó.
Al cumplirse el quinto aniversario de la sentencia, Mariana Yáñez Unda hizo un llamado al Congreso de la Unión para que atienda el mandato de la Suprema Corte y concluya el proceso legislativo necesario para expedir la Ley General de Consulta Indígena, una deuda jurídica e histórica que continúa pendiente con los pueblos indígenas y afromexicanos de México.




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