Conocerá Tribunal de Disciplina Judicial omisiones en amparo por caso Ayotzinapa
- LEI A.C.

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El nuevo Tribunal de Disciplina Judicial del Poder Judicial de la Federación abrió un procedimiento para analizar posibles omisiones en la tramitación del amparo promovido por la desaparición forzada de los 43 estudiantes de la Escuela Normal Rural “Isidro Burgos” de Ayotzinapa.
El asunto deriva del juicio de amparo promovido en 2014 por Litigio Estratégico Indígena, en el que se reclamó la desaparición forzada de los normalistas ocurrida el 26 de septiembre de ese año en el estado de Guerrero. De acuerdo con los antecedentes, los jueces de Distrito en Chilpancingo habrían incurrido en omisiones, dilaciones y una actuación pasiva, lo que provocó que la sentencia se emitiera más de diez años después de iniciada la acción constitucional.
En el Recurso de inconformidad 101/2025-OJ-II, el Tribunal de Disciplina Judicial determinó abrir procedimiento contra los jueces César Chávez Soubervielle, Carlos Arturo Rivero Verano y la secretaria en funciones de jueza Brenda Uribe Hernández, quienes integraron el Juzgado Noveno de Distrito en el Estado de Guerrero.
El acuerdo impugnado delimitó como conducta disciplinaria reprochable la omisión, dilación y pasividad injustificada en la conducción de las investigaciones relacionadas con la desaparición forzada de los 43 estudiantes.
La queja sostiene que las autoridades judiciales realizaron investigaciones simuladas, sin enfoque pro víctima, sin planeación y sin el propósito de obtener resultados efectivos. También se señaló una indebida respuesta a la promoción presentada el 12 de abril de 2024, mediante la cual se solicitaban copias de actuaciones de la Fiscalía General de la República y de la Comisión para la Verdad y el Acceso a la Justicia. Dicha petición fue negada con fundamento en el artículo 121 de la Ley de Amparo, pese a tratarse de un asunto vinculado con violaciones graves a derechos humanos.
En un inicio, la extinta Presidencia de la Comisión consideró que las conductas denunciadas no podían constituir infracción al no formar parte de los actos reclamados en el juicio de amparo. No obstante, ahora el Tribunal de Disciplina Judicial ordenó remitir la queja al Órgano de Investigación de Responsabilidades Administrativas para que la analice y emita el pronunciamiento correspondiente conforme a sus atribuciones.
Con esta determinación, el nuevo órgano disciplinario del Poder Judicial federal comienza a revisar la actuación de juzgadores en uno de los casos más emblemáticos de violaciones graves a derechos humanos en México.




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